DNI y Pasaporte

DNI para menores de edad: requisitos

SP Redacción Trámites España

Resumen ejecutivo: La tranquilidad de tenerlo todo en regla

Como gestor administrativo con más de dos décadas acompañando a familias en estos trámites, comprendo perfectamente la mezcla de ilusión y agobio que supone gestionar el primer Documento Nacional de Identidad de un hijo o hija. Parece un proceso más, pero es uno de los primeros actos oficiales en la vida de un menor y, como tal, puede generar dudas. Este artículo nace para despejarlas todas. Mi objetivo es guiarles paso a paso, con claridad y empatía, para que este trámite sea una experiencia tranquila y exitosa. Aquí encontrarán, no solo los requisitos formales, sino los consejos prácticos que solo da la experiencia de haber visto cientos de casos. Respiren, que todo tiene solución y, juntos, lo haremos fácil.

¿Quién debe solicitar el DNI para un menor y quién puede hacerlo?

Esta es, posiblemente, la primera duda que surge. La ley es clara al respecto, y conocer estos detalles evita desplazamientos innecesarios y frustraciones.

Menores obligados a tener DNI

No todos los menores están obligados a tener DNI, pero sí es muy recomendable para todos. La obligatoriedad legal aparece en los siguientes casos:

  • Menores que viajen al extranjero: Para salir de España, sea cual sea el destino (incluso dentro de la Unión Europea), es imprescindible que el menor porte su propio DNI o pasaporte en vigor. Un bebé de meses incluido.
  • Menores a partir de los 14 años: Esta es la edad legal en la que se adquiere la capacidad para realizar ciertos actos jurídicos. A partir de los 14 años, el DNI es obligatorio y el titular tiene ciertas responsabilidades sobre su conservación y uso.
  • Para realizar trámites específicos: Cada vez son más las situaciones que lo requieren: inscripción en centros educativos, solicitud de becas, acceso a servicios sanitarios digitales, o para figurar como beneficiario en seguros o cuentas bancarias. Tenerlo simplifica cualquier gestión futura.

¿Quién puede realizar el trámite?

El solicitante es siempre el menor, pero al ser incapaz legal (salvo a partir de los 14 años con matices), debe ir acompañado y representado. La persona legitimada para acompañarle y dar su consentimiento es:

  • Padre, madre o tutor legal: Con su propio DNI en vigor. Es la situación más común.
  • En casos de guarda y custodia: El progenitor que la tenga deberá acreditar dicha situación mediante Sentencia judicial o Auto que lo establezca.
  • Si los progenitores están separados o divorciados: En principio, basta con que acuda uno de ellos. Sin embargo, en casos de patria potestad compartida donde existan medidas cautelares específicas, algunos funcionarios pueden pedir el consentimiento expreso del otro progenitor. Llevar la documentación que acredite el régimen de custodia puede ahorrar problemas.

Un consejo desde la experiencia: Si la situación familiar es compleja (tutelas, acogimientos, etc.), llamen antes a la comisaría u oficina de expedición para consultar la documentación adicional que podrían requerir. Es una llamada de cinco minutos que puede evitar un viaje en balde.

¿Qué documentación necesito exactamente?

Esta es la parte crítica. Reunir la documentación correcta es el 90% del éxito. Sigan esta lista como un checklist infalible. Les recomiendo que usen una carpeta con todos los originales y una copia de cada cosa.

Documentación imprescindible

  • Formulario de solicitud (Modelo 790-002): Deben descargarlo, rellenarlo e imprimirlo. Pueden encontrarlo en la sede electrónica de la Dirección General de la Policía. Es crucial que no lo firmen hasta que se lo indique el funcionario en la oficina.
  • Certificado literal de nacimiento del menor: Ojo, este es el punto que más fallos causa. No vale el libro de familia ni la inscripción en el Registro Civil. Debe ser un certificado literal reciente (con una antigüedad máxima de 6 meses), expedido por el Registro Civil correspondiente. Pueden solicitarlo presencialmente o, a menudo, online a través de la web del Ministerio de Justicia.
  • Fotografía reciente del menor: Una fotografía en color, con fondo blanco liso, tamaño 32×26 mm. El menor debe aparecer con la cara totalmente descubierta, sin gafas de sol o prendas que dificulten la identificación, y mirando de frente. Para bebés muy pequeños, se es más flexible, pero intenten que mire aproximadamente a la cámara. Un truco: hagan la foto cuando el niño esté tranquilo, incluso dormido.
  • DNI del progenitor, madre o tutor que le acompaña: En vigor y en buen estado.
  • Libro de Familia (opcional pero recomendadísimo): Aunque no es un documento obligatorio por ley, en la práctica, el 99% de las oficinas lo piden para acreditar la filiación. No se arriesguen, llévenlo siempre.

Documentación en casos especiales

  • Si el menor ya tenía DNI anterior: Deben aportar el DNI anterior (si está en posesión) o la denuncia por pérdida o robo.
  • Si el acompañante es tutor legal: Deberá presentar el Auto judicial o documento notarial que le acredite como tal.

¿Cómo es el proceso paso a paso?

Vamos a desglosar el proceso en tres fases claras: antes, durante y después de la cita. La preparación es clave.

Fase 1: Preparación (desde casa)

  1. Solicitar cita previa: Es absolutamente obligatorio. Se hace online a través del sistema de citas previas de la Policía. Elijan la comisaría u oficina más conveniente. Les aconsejo que, si van con un bebé, intenten pedir cita a primera hora de la mañana, que suele estar más tranquilo.
  2. Obtener el certificado de nacimiento literal: Como ya hemos dicho, soliciten este certificado con tiempo. No dejen esto para el último día.
  3. Rellenar el Modelo 790: Descárguenlo, rellénenlo en el ordenador (es más legible) e imprímanlo. No lo firmen.
  4. Fotografía: Saquen la foto en un estudio profesional. Ellos conocen los requisitos técnicos y les evitarán un rechazo por este motivo.
  5. Preparen la carpeta: Metan todo lo anterior (originales y copias) junto con su DNI y el libro de familia.

Fase 2: El día de la cita (en la oficina)

  1. Puntualidad: Lleguen con, al menos, 15 minutos de antelación. Si pierden la cita, deberán pedir otra.
  2. Recepción y verificación: Presenten la documentación al funcionario. Este verificará que todo esté en orden. Aquí es donde firmarán el formulario en su presencia.
  3. Toma de huellas dactilares: A partir de los 5-6 años, es habitual que tomen las huellas dactilares al menor. Para niños más pequeños, no suele hacerse.
  4. Firma digitalizada: A partir de los 12 años (aproximadamente), se solicita al menor que firme en un dispositivo digital para incorporar su rúbrica al documento.
  5. Pago de la tasa: Les indicarán cómo realizar el pago (normalmente, con tarjeta en la misma oficina). Guarden el resguardo.
  6. Entrega del resguardo y fecha de recogida: No salgan de la oficina sin el resguardo oficial. En él figurará la fecha estimada para la recogida (generalmente, en unos 10-15 días hábiles). El DNI NO se entrega en el acto.

Fase 3: Recogida del DNI

Para recoger el documento, debe acudir el menor acompañado de la misma persona que lo llevó a solicitarlo (o de otra persona autorizada, llevando entonces una autorización firmada por el progenitor/tutor y su DNI). Es fundamental llevar:

  • El resguardo de solicitud.
  • El DNI antiguo (si lo había y se entregó).
  • El DNI de la persona que le acompaña.

En el momento de la recogida, verifiquen inmediatamente que todos los datos del documento son correctos: nombre, apellidos, fecha de nacimiento, etc. Cualquier error debe comunicarse en el acto.

¿Cuánto cuesta? Desglose de tasas y vigencia

El coste no es elevado, pero es importante conocerlo. La tasa está regulada y es única para todo el territorio nacional.

Tarifas y vigencia del DNI para menores (año 2024)
Concepto Importe Vigencia del documento Notas
Expedición inicial o renovación (hasta los 30 años) 12,00 € 2 años (hasta los 5 años)
5 años (de 5 a 30 años)
Tasa fija. Para menores, la vigencia es siempre de 2 años si se solicita antes de cumplir los 5, y de 5 años si se solicita después.
Renovación por deterioro, pérdida o robo 12,00 € La que corresponda por edad Mismo importe. En caso de robo, llevar denuncia.
Certificado de nacimiento literal Gratuito N/A Su expedición es gratuita. Algunos registros cobran por envío certificado.

Nota sobre la vigencia: Esta es una de las preguntas más frecuentes. Un DNI expedido a un niño de 3 años caducará cuando cumpla 5. Uno expedido a un niño de 7 años caducará cuando cumpla 12. Es fundamental estar pendiente de la fecha de caducidad, especialmente si se planean viajes.

Errores comunes y cómo evitarlos (la sabiduría de la experiencia)

Llevo 20 años viendo los mismos despistes. Que no les pase a ustedes. Esta sección les ahorrará tiempo y disgustos.

1. El certificado de nacimiento incorrecto

El error: Llevar el libro de familia o una copia del registro del hospital. La solución: Solicitar expresamente el «Certificado Literal de Nacimiento» con una antigüedad menor a 6 meses. Confírmenlo al pedirlo.

2. La fotografía inadecuada

El error: Foto con sombras, fondo de color, el niño con un juguete, o demasiado grande/pequeña. La solución: Invertir en un estudio fotográfico. Díganles que es para el DNI de un menor. Ellos saben cómo hacerla, incluso para bebés.

3. Falta de cita previa

El error: Presentarse en la comisaría sin cita, pensando que con un bebé les atenderán. La solución: La cita previa es innegociable. Planifiquen con tiempo y usen el sistema online.

4. No llevar al progenitor/tutor correcto

El error: Que lleve al menor un abuelo, tío o hermano mayor sin autorización expresa. La solución: Solo los padres, madres o tutores legales pueden realizar el trámite. Si debe hacerlo otra persona, necesita una autorización notarial o firmada por el tutor con copia de su DNI, pero esto puede generar rechazo. Mejor que vaya el progenitor.

5. Firmar el formulario en casa

El error: Firmar el modelo 790 antes de tiempo. La solución: La firma debe estamparse en presencia del funcionario que va a recibir la documentación. Lleven el formulario impreso y sin firmar.

6. No verificar los datos al recoger

El error: Mirar el DNI por encima y guardarlo. Descubrir un error meses después, ante un viaje. La solución: En el mismo mostrador, comprobar letra por letra el nombre, los apellidos, la fecha de nacimiento y la fecha de expedición/caducidad.

Conclusión: Un trámite sencillo con una gran recompensa

Gestionar el primer DNI de un menor es mucho más que un requisito administrativo. Es un acto de previsión y responsabilidad que otorga tranquilidad. Les permitirá viajar sin sobresaltos, realizar trámites escolares o sanitarios con agilidad, y es el primer documento oficial que reconocerá la identidad de su hijo o hija ante el Estado.

Como les decía al principio, comprendo que pueda parecer abrumador, pero siguiendo esta guía, basada en la experiencia real y en los procedimientos oficiales, verán que es un proceso perfectamente estructurado y manejable. La clave está en la preparación: la cita previa, el certificado literal correcto, la foto adecuada y acudir con la documentación completa.

Recuerden que las fuentes oficiales, como la web del DNI electrónico y el Real Decreto 1553/2005 que lo regula (BOE), son sus aliadas para consultas de última hora. Ahora tienen toda la información. Respiren hondo, organicen la carpeta con calma, y afronten este trámite con la seguridad de que lo tienen todo bajo control. ¡Mucha suerte!

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